La Operación Renta 2025 ha comenzado, y con ella se inicia el período en el que miles de contribuyentes deben informar sus ingresos al Servicio de Impuestos Internos (SII). Desde el 2 de abril hasta el 30 de junio, trabajadores independientes, dependientes y emprendedores deben cumplir con este trámite obligatorio, que puede resultar en la devolución de impuestos o en pagos adicionales. A pesar de la digitalización del proceso en los últimos años, aún existen dudas comunes sobre quiénes deben declarar y las consecuencias de no hacerlo a tiempo. Hernán Maldonado, jefe de carrera de Contabilidad del IP-CFT Santo Tomás, advierte que no presentar la declaración dentro del plazo establecido puede acarrear multas que van desde una unidad tributaria mensual hasta una anual. Para evitar sanciones y maximizar la devolución de impuestos, Maldonado recomienda verificar anticipadamente si es necesario declarar renta este año. Deben hacerlo aquellos con ingresos anuales superiores a $10.901.628, quienes tengan más de un empleador, trabajen a honorarios o hayan solicitado el Préstamo Solidario en 2020 o 2021, señala. Además, todas las empresas están obligadas a cumplir con esta responsabilidad tributaria. Este año se han implementado cambios importantes en la Operación Renta 2025 que los contribuyentes deben tener en cuenta. Entre ellos destacan modificaciones en la Declaración Jurada 1835 referentes al arriendo de bienes raíces y ajustes en las Declaraciones Juradas 1922, 1948 y 1949 relacionados con donaciones e impuestos sustitutivos por incendios ocurridos en Valparaíso y Viña del Mar durante el año pasado. En cuanto al Formulario 22, se han realizado ajustes respecto a rentas presuntas y al Crédito por Compra de Viviendas Nuevas disponible hasta el año 2029. También se han incluido nuevas preguntas sobre Grupos Empresariales y Responsabilidad Social Tributaria para fortalecer la transparencia fiscal. Una pregunta frecuente entre los contribuyentes es por qué la devolución no siempre coincide con lo retenido; ante esto Maldonado explica que la diferencia depende del cálculo final del impuesto a pagar. El proceso puede realizarse completamente online a través del sitio web del SII donde se ofrece una declaración prellenada para facilitar el trámite; sin embargo, es recomendable buscar asesoramiento contable si surgen dudas. Este ejercicio anual representa un paso fundamental para individuos y empresas chilenas con cambios significativos que requieren atención especial. Es crucial informarse correctamente y no dejar este trámite para última hora, concluye Maldonado. Una correcta declaración no solo evita multas sino también permite aprovechar beneficios fiscales disponibles.
Este jueves, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó una resolución que refuerza el control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes. Así, se restringirá su uso de forma exclusiva a la compra de bienes o servicios relacionados directamente con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA. En detalle, el organismo, con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, decreta de manera expresa que este tipo de recintos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. Asimismo, se estableció que en los supermercados no se preguntará si el comprador opta por boleta o factura. Desde marzo, habrá una fila específica para quienes opten por este mecanismo.Además, si los supermercados cuentan con más de diez cajas habilitadas para pago, sólo podrán disponer del 10% del total para la emisión de facturas. De lo contrario, deberán destinar una de ellas que también emitan boletas. Por otra parte, en los restaurantes se prohibirá la emisión de facturas en actividades personales o familiares.Con el objetivo que se cumpla esta medida, el SII estableció que los supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de ventas para todas las transacciones que se realicen con consumidores finales. Cabe señalar, que el restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que corresponda, podrá ser sancionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA. Sumado a ello, arriesga la clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción. En tanto, el comprador que no exija la emisión de la documentación tributaria que corresponda, podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 UTM. Con todo, las medidas entrena en vigencia desde el próximo 1 de marzo. [EMISIÓN DE FACTURAS EN SUPERMERCADOS Y RESTAURANTES]: Con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, el SII dictó hoy una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes. pic.twitter.com/xqoJHMt9GW — SII (@SII_Chile) December 19, 2024
El Servicio de Impuestos Internos (SII) , en el marco del cumplimiento de la Ley Anti-evasión, entregó esta semana el número de cuentas financieras de chilenos en el exterior, y que alcanzaron a 153.314 repartidas en reconocidos paraísos fiscales, como las Islas Caimán y Suiza. La normativa legal, que habilita al SII a buscar la repatriación voluntaria de bienes o rentas de parte de inversores nacionales en el extranjero, con el objetivo de recaudar los impuestos correspondientes a su giro en el país, fue desagregada -según informa el diario financiero- en “un 94% de capitales de personas naturales” y otro “seis por ciento perteneciente a personas jurídicas”, con un “balance en cuenta corriente” que alcanzaría al abultado monto de 32 mil 579 millones de dólares. Si bien el medio nacional especializado en temas económicos aseveró que la “meta sigue lejana” respecto de los montos proyectados por el Gobierno para recaudar con esta “repatriación de capitales”, a la fecha estas “declaraciones pasaron de 10 a 73 en un par de semanas, con impuestos a girar que superan los US$12 mil millones”. Según informa a su vez biobiochile.cl este viernes, esta “repatriación de capitales apunta a toda clase de bienes, incluyendo los muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones o derechos en sociedades constituidas en el exterior, o el derecho a los beneficios de un trust o fideicomiso”. Del mismo modo, incorpora “también divisas y toda clase de instrumentos financieros o valores, como bonos, cuotas defondos , depósitos y otros similares ,que sean pagaderosen moneda extranjera; asimismo rentas que provengan debienes(dividendos utilidades intereses entre otros)”. Cabe destacar que este procedimiento transitorio ofrece la alternativa a los inversores chilenos enel extranjero deregularizar susituación tributaria esto mediante“la aplicacióndeunimpuesto únicoysustitutivo del12por cientoso breel valor desusbienesorentas”. Fuente: Publimetro
La Operación Renta 2025 ha comenzado, y con ella se inicia el período en el que miles de contribuyentes deben informar sus ingresos al Servicio de Impuestos Internos (SII). Desde el 2 de abril hasta el 30 de junio, trabajadores independientes, dependientes y emprendedores deben cumplir con este trámite obligatorio, que puede resultar en la devolución de impuestos o en pagos adicionales. A pesar de la digitalización del proceso en los últimos años, aún existen dudas comunes sobre quiénes deben declarar y las consecuencias de no hacerlo a tiempo. Hernán Maldonado, jefe de carrera de Contabilidad del IP-CFT Santo Tomás, advierte que no presentar la declaración dentro del plazo establecido puede acarrear multas que van desde una unidad tributaria mensual hasta una anual. Para evitar sanciones y maximizar la devolución de impuestos, Maldonado recomienda verificar anticipadamente si es necesario declarar renta este año. Deben hacerlo aquellos con ingresos anuales superiores a $10.901.628, quienes tengan más de un empleador, trabajen a honorarios o hayan solicitado el Préstamo Solidario en 2020 o 2021, señala. Además, todas las empresas están obligadas a cumplir con esta responsabilidad tributaria. Este año se han implementado cambios importantes en la Operación Renta 2025 que los contribuyentes deben tener en cuenta. Entre ellos destacan modificaciones en la Declaración Jurada 1835 referentes al arriendo de bienes raíces y ajustes en las Declaraciones Juradas 1922, 1948 y 1949 relacionados con donaciones e impuestos sustitutivos por incendios ocurridos en Valparaíso y Viña del Mar durante el año pasado. En cuanto al Formulario 22, se han realizado ajustes respecto a rentas presuntas y al Crédito por Compra de Viviendas Nuevas disponible hasta el año 2029. También se han incluido nuevas preguntas sobre Grupos Empresariales y Responsabilidad Social Tributaria para fortalecer la transparencia fiscal. Una pregunta frecuente entre los contribuyentes es por qué la devolución no siempre coincide con lo retenido; ante esto Maldonado explica que la diferencia depende del cálculo final del impuesto a pagar. El proceso puede realizarse completamente online a través del sitio web del SII donde se ofrece una declaración prellenada para facilitar el trámite; sin embargo, es recomendable buscar asesoramiento contable si surgen dudas. Este ejercicio anual representa un paso fundamental para individuos y empresas chilenas con cambios significativos que requieren atención especial. Es crucial informarse correctamente y no dejar este trámite para última hora, concluye Maldonado. Una correcta declaración no solo evita multas sino también permite aprovechar beneficios fiscales disponibles.
Este jueves, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dictó una resolución que refuerza el control al uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes. Así, se restringirá su uso de forma exclusiva a la compra de bienes o servicios relacionados directamente con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA. En detalle, el organismo, con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, decreta de manera expresa que este tipo de recintos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. Asimismo, se estableció que en los supermercados no se preguntará si el comprador opta por boleta o factura. Desde marzo, habrá una fila específica para quienes opten por este mecanismo.Además, si los supermercados cuentan con más de diez cajas habilitadas para pago, sólo podrán disponer del 10% del total para la emisión de facturas. De lo contrario, deberán destinar una de ellas que también emitan boletas. Por otra parte, en los restaurantes se prohibirá la emisión de facturas en actividades personales o familiares.Con el objetivo que se cumpla esta medida, el SII estableció que los supermercados y restaurantes deberán emitir boletas de ventas para todas las transacciones que se realicen con consumidores finales. Cabe señalar, que el restaurante o supermercado que incumpla la obligación de otorgar el documento tributario que corresponda, podrá ser sancionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA. Sumado a ello, arriesga la clausura de hasta 20 días del establecimiento o sucursal donde se cometió la infracción. En tanto, el comprador que no exija la emisión de la documentación tributaria que corresponda, podrá ser sancionado con una multa de hasta 20 UTM. Con todo, las medidas entrena en vigencia desde el próximo 1 de marzo. [EMISIÓN DE FACTURAS EN SUPERMERCADOS Y RESTAURANTES]: Con el objetivo de potenciar el combate a la evasión tributaria, el SII dictó hoy una resolución que reitera las exigencias legales para la emisión de facturas en supermercados y restaurantes. pic.twitter.com/xqoJHMt9GW — SII (@SII_Chile) December 19, 2024
El Servicio de Impuestos Internos (SII) , en el marco del cumplimiento de la Ley Anti-evasión, entregó esta semana el número de cuentas financieras de chilenos en el exterior, y que alcanzaron a 153.314 repartidas en reconocidos paraísos fiscales, como las Islas Caimán y Suiza. La normativa legal, que habilita al SII a buscar la repatriación voluntaria de bienes o rentas de parte de inversores nacionales en el extranjero, con el objetivo de recaudar los impuestos correspondientes a su giro en el país, fue desagregada -según informa el diario financiero- en “un 94% de capitales de personas naturales” y otro “seis por ciento perteneciente a personas jurídicas”, con un “balance en cuenta corriente” que alcanzaría al abultado monto de 32 mil 579 millones de dólares. Si bien el medio nacional especializado en temas económicos aseveró que la “meta sigue lejana” respecto de los montos proyectados por el Gobierno para recaudar con esta “repatriación de capitales”, a la fecha estas “declaraciones pasaron de 10 a 73 en un par de semanas, con impuestos a girar que superan los US$12 mil millones”. Según informa a su vez biobiochile.cl este viernes, esta “repatriación de capitales apunta a toda clase de bienes, incluyendo los muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones o derechos en sociedades constituidas en el exterior, o el derecho a los beneficios de un trust o fideicomiso”. Del mismo modo, incorpora “también divisas y toda clase de instrumentos financieros o valores, como bonos, cuotas defondos , depósitos y otros similares ,que sean pagaderosen moneda extranjera; asimismo rentas que provengan debienes(dividendos utilidades intereses entre otros)”. Cabe destacar que este procedimiento transitorio ofrece la alternativa a los inversores chilenos enel extranjero deregularizar susituación tributaria esto mediante“la aplicacióndeunimpuesto únicoysustitutivo del12por cientoso breel valor desusbienesorentas”. Fuente: Publimetro